Gestión Energética​

Inspección de instalaciones térmicas

Madrid obliga a realizar inspecciones periódicas

La comunidad de Madrid ha aprobado una nueva normativa que exige la inspección periódica de eficiencia energética de instalaciones térmicas (calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria) de los edificios que cuenten con una potencia útil nominal superior a 70 kW. 

Estos inmuebles están obligados a someter a su instalación a una revisión cada cuatro años (si ésta funciona con combustibles gaseosos o renovables), cada dos (en el caso de que no utilice combustibles gaseosos o renovables) o cada cinco (para los sistemas de aire acondicionado). 

En el siguiente cuadro puede consultar las fechas límite para la realización de la primera inspección en instalaciones ya existentes (puede clickar sobre cuadro para agrandarlo):

Ver fechas aquí 

Si desea más información, Remica, empresa con experiencia en el sector desde 1984, puede realizar la revisión de la instalación de su edificio con total garantía de profesionalidad. Para ello, sólo tiene que ponerse en contacto con nosotros tanto por teléfono (91 396 03 00) como por correo electrónico a inspecciones.eficiencia@remica.es.

En el siguiente enlace puede consultar el texto completo de la nueva normativa.