Individualización de calefacción: ¿Qué dice la nueva ley?

Individualización de calefacción: ¿Qué dice la nueva ley?

El Real Decreto 736/2020, aprobado el pasado de 4 de agosto, establece la obligación de instalar contadores individuales en edificios con sistema de calefacción y refrigeración central.

La instalación debe ser económicamente rentable

  • El ahorro medio estimado, según el Real Decreto, es del 24%. Se consideran instalaciones económicamente rentables aquellas en las que la inversión puede recuperarse en un máximo de cuatro años, a partir de los ahorros que se generan.

Control del gasto energético

  • Los sistemas de contabilización de consumos instalados deberán disponer de un servicio de lectura remota.
  • En periodos de calefacción, la frecuencia de lectura será mensual. Los datos han de estar disponibles para el usuario a través de internet.

Plazos para adaptarse a la normativa

  • La comunidad de propietarios debe solicitar un presupuesto estandarizado que determine la viabilidad técnica y económica.
  • Las fechas límite para solicitar presupuesto y ejecutar la obra varían en función de la zona climática donde se ubique el edificio y el número de viviendas:

Plazos individualización

Mapa de zonas climáticas disponible aquí
¡Recomendamos a las comunidades que soliciten ya su presupuesto gratuito, dado el incremento de solicitudes de los próximos meses!

Teléfono 91 396 03 03 / email: comercial@remica.es

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2 Comments

  • Jose Miguel

    20 de mayo de 2021 - 23:18

    El presupuesto estandarizado, además de los costos de los repartidores de costes, tiene que incluir la sustitución de las llaves de todos los radiadores por válvulas termostaticas?

    • Remica Servicios Energéticos

      7 de junio de 2021 - 16:50

      Hola Jose Miguel: La instalación de válvulas termostáticas se recomienda cuando se individualiza el sistema de calefacción porque gracias a las válvulas permite al usuario regular la temperatura de forma individual y, como consecuencia, se controla el consumo que se realiza en la vivienda. No obstante, el presupuesto requerido por normativa (Anexo III, RD 736/2020) para determinar si la instalación de elementos de medida (Repartidores de coste o contadores de energía) es viable económicamente, no contempla los equipos de regulación y control (válvulas termostáticas y/o presión, bomba de caudal variable, etc.). Más información en https://remicaserviciosenergeticos.es/blog/nota-aclaratoria-real-decreto-736-2020/

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