¿Cuáles son los requisitos para conseguir el carné de instalador térmico en edificios?

¿Cuáles son los requisitos para conseguir el carné de instalador térmico en edificios?

gestión energética RemicaLa actividad del montaje y mantenimiento de una instalación térmica, según el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, sólo puede ser llevada a cabo por aquellos profesionales que dispongan de un carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

De este modo, el carné profesional TE reconoce a su titular la capacidad para desempeñar las actividades de instalación y mantenimiento de las instalaciones térmicas en edificios, como instalador o mantenedor habilitado, siendo éstas instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. No obstante, quedan excluidas las instalaciones térmicas de procesos industriales, agrícolas o de otro tipo, en la parte que no esté destinada a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.

Asimismo, conviene tener en cuenta que la sola posesión del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios no faculta al interesado para realizar la correspondiente actividad, pues para ello debe de pertenecer a una empresa legalmente establecida, como es el caso de Remica Servicios Energéticos.

Para poder conseguir este carné se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. a) Ser mayor de edad.
  2. b) Tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre instalaciones térmicas en edificios.

Se entenderá que poseen dichos conocimientos todas aquellas personas que cuenten con un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).

Asimismo, también se tendrá en cuenta aquellas competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral,  de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.  Por último, para poder hacerse con el carné también se tendrá en cuenta aquellas personas que posean una certificación otorgada por una entidad acreditada para la certificación de personas, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, que incluya como mínimo los contenidos del RITE.

En el caso de que al solicitante le sea imposible acreditar las situaciones mencionadas, tendrán que justificar haber realizado un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido por una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.  Además de acreditar una experiencia laboral de, al menos, tres años en una empresa instaladora o mantenedora como técnico y superar un examen ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre conocimiento del RITE.

Si tienes una carrera universitaria técnica cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del RITE, puedes obtener directamente el carné, mediante solicitud ante la Dirección Gneral de Industria, Energía y Minas, simplemente con la presentación de una copia compulsada del título académico.

Si por el contrario, por tu formación te ves obligado a hacer el examen, todavía estás a tiempo de llegar a la segunda convocatoria de este año ya que el plazo de admisión de solicitudes comenzó el pasado 3 de junio y finaliza el día 26 de junio de 2015.

La fecha concreta de celebración del examen es establecida por el Tribunal Calificador al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos al mismo.

Aquí puedes encontrar las bases de la convocatoria de 2015 para la Comunidad de Madrid.

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